La tarde del 22 de enero de 2020 el armador Pedro Maza supo que los seis tripulantes de su pesquero Rúa Mar estaban en apuros, después de que se les rompiese el embrague del barco. Tuvo conocimiento de ello porque el patrón, familiar de Maza, le llamó por un teléfono satelital. Pero no hizo nada. La secuencia de la llamada y lo que no llegó a hacer luego —pedir auxilio— se supo porque el armador, su mujer y tres personas más ya estaban siendo vigiladas por tráfico de drogas. La Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, ha confirmado ahora la validez de esas pruebas y ha condenado a Maza a 22 años y dos meses de prisión por esos hechos.
El tribunal de Algeciras considera probado que el barco viajaba con droga y que su responsable obró conforme a un homicidio imprudente con los seis ahogados
La tarde del 22 de enero de 2020 el armador Pedro Maza supo que los seis tripulantes de su pesquero Rúa Mar estaban en apuros, después de que se les rompiese el embrague del barco. Tuvo conocimiento de ello porque el patrón, familiar de Maza, le llamó por un teléfono satelital. Pero no hizo nada. La secuencia de la llamada y lo que no llegó a hacer luego —pedir auxilio— se supo porque el armador, su mujer y tres personas más ya estaban siendo vigiladas por tráfico de drogas. La Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, ha confirmado ahora la validez de esas pruebas y ha condenado a Maza a 22 años y dos meses de prisión por esos hechos.
La sentencia 236/2025, fechada este 20 de octubre y a la que ha tenido acceso EL PAÍS, condena a Maza a esa suma de años por los delitos de homicidio imprudente —12 años, a dos años por fallecido—, salud pública —cinco años y cuatro meses—, pertenencia a organización criminal —un año y dos meses, blanqueo de capitales —tres años y cuatro meses— y un delito de estafa en tentativa —cuatro meses—. Además, el pronunciamiento condena también a sus colaboradores: a Antonio N. y Manuel B. a seis años de prisión —por delitos contra la salud pública y organización criminal— , a José Joaquín H., a cuatro años y seis meses —por salud pública— y a su pareja entonces, Macarena R. a tres años y cuatro meses, en su caso solo por blanqueo.
A lo largo de las más de 100 páginas de sentencia, el tribunal algecireño desgrana las pruebas que apuntalan a Maza como cabecilla de una organización criminal que traficaba con hachís en barcos de pesca desde 2016. “Dirigía el grupo, organizando y supervisando las operaciones dirigidas a recibir la droga en alta mar y a introducirla en las costas españolas a través de su infraestructura marítima”, apunta el pronunciamiento, firmado por la presidenta Nieves Marina, la ponente Nuria García de Lucas y el magistrado José Alberto Ruiz. Eso hizo que la policía siguiese los pasos de la mafia en una investigación que, en sus primeros compases, estuvo dirigida por la Audiencia Nacional. Así fue cómo se tuvo constancia de que el grupo introdujo en 2019 más de una tonelada de hachís procedente de Marruecos, a bordo del barco Felipe y Maruja. Era droga conseguida además por una supuesta mediación del poderoso narco Jesús Heredia, El Pantoja, en paradero desconocido desde hace meses.
Pero el caso entró en una dimensión desconocida cuando el flete de hachís que debía realizarse a bordo del Rúa Mar se malograse con el hundimiento de este pesquero frente a las costas de Marruecos. El suceso, ocurrido en enero de 2020, le costó la vida a seis marineros, dos de ellos familiares de Maza y cuatro de ellos desaparecidos para siempre en el mar. La sentencia condena a Maza por homicidio imprudente —frente al delito de homicidio de 15 años por fallecido que pedía la Fiscalía— porque considera que “la prueba practicada no determina sin margen de duda que el acusado fuera consciente de que estaba poniendo en peligro a la tripulación, ni que le diera igual que como consecuencia de ello pudieran morir”.

De los cuatro años máximos posibles por este delito, el tribunal le condena a dos años por fallecido por “una pasividad negligente” en el suceso. La sentencia se refiere a que Maza supo por la llamada del teléfono satelital que tenía el patrón de la avería del barco. Fue ahí cuando su pareja Macarena, le encomió: “Que vayan y los recojan, Pedro. O lo tiran, asín de claro, pero las cosa cuando salen malamente, salen malamente”. Sin embargo, Maza no avisó a Salvamento Marítimo, ni a autoridad alguna. “Optando en cambio con grave imprudencia por esperar, pero sin ser consciente del riesgo de naufragio o hundimiento que finalmente se produjo y que de haber actuado, seguramente, o muy probablemente, podría haberse evitado”, detalla la sentencia.
Días después del naufragio, la Guardia Civil encontró varios fardos de hachís a la deriva, cercanos al faro de Trafalgar. La Audiencia en Algeciras no considera probado que esa droga perteneciese al Rúa Mar. Sin embargo, un arsenal de vigilancias policiales y conversaciones telefónicas o de escuchas incorporadas a la sentencia —en transcripciones literales en dialecto andaluz— permite apuntar a que el pesquero se usó para el tráfico de estupefacientes, “pues aun cuando no se haya producido la incautación de drogas, su existencia se desprende con total claridad”, según establece la sentencia, contra la que cabe recurso cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia en los próximos diez días.
Fruto de toda la actividad de narcotráfico que Maza llevaba realizando desde 2016, construyó una economía paralela que le ha llevado a ser condenado también por un delito de blanqueo que comparte con su entonces pareja. El tribunal considera que el armador ingresaba el dinero en metálico procedente de la droga como “principal fuente de ingresos de la familia”. “Con ello se abonaban los gastos familiares y ésta [Macarena] utilizó dichos fondos para la compra de la vivienda que hizo personalmente”, explica la sentencia. Además, Maza inyectó dinero en Pesqueras Tamares S.L., una de las tres empresas que tenía, y que usó para “dar apariencia de actividad lícita a sus operaciones de tráfico de estupefacientes y también para introducir en el mercado lícito las ganancias”.
De todos los delitos que la Fiscalía de Algeciras pedía para el armador —que sumaban más de 110 años, cifra especialmente abultada por los seis delitos de homicidio—, Maza solo se ha librado del formulado contra el derecho de los trabajadores y por el que el Ministerio Fiscal le pedía seis años de prisión. El tribunal considera que esa condena no procede porque la relación que unía al acusado con la tripulación “no era una verdadera relación laboral”, pese a que estaban en lista de tripulantes y estaban dados de alta en la Seguridad Social. “Colaboraban [los trabajadores] en una actividad delictiva, pues lo que pretendían era cargar hachís en aguas marroquíes y transportarlo a la península para su posterior distribución, de modo que no podemos considerar que dicha actividad estuviera amparada por el Derecho del Trabajo”. Además, el armador debe abonar más de un millón de euros en indeminzaciones a las familias y pagar una multa de otros ocho millones de euros.
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