En España ya se han quemado cerca de 109.000 hectáreas en lo que va de 2026, según la estimación en tiempo real del Sistema de Información Europeo de Incendios Forestales (EFFIS). Solo en julio, las llamas han arrasado unas 55.400 hectáreas, lo que convierte a este mes en el más devastador del año hasta la fecha. Por provincias, Guadalajara encabeza el ranking con alrededor de 26.000 hectáreas afectadas, mientras que Álava también figura entre las más castigadas, con unas 100 hectáreas quemadas, una cifra muy por encima de la habitual para estas fechas.
En Guadalajara, la evolución del incendio ha obligado a evacuar 34 localidades y a confinar otras 14, afectando a más de 1.200 personas. Además, el fuego mantiene un perímetro superior a los 120 kilómetros y continúa avanzando por varios frentes, especialmente en la zona norte, donde persiste la vigilancia ante el riesgo de que las llamas alcancen la provincia de Soria.
Más allá del impacto medioambiental, los incendios forestales también dejan importantes consecuencias económicas. Además de miles de hectáreas calcinadas, el fuego puede destruir viviendas, vehículos, negocios o explotaciones agrarias e, incluso, causar víctimas mortales. En el mejor de los casos, los daños son únicamente materiales, pero su reparación puede suponer un elevado coste para los afectados. Ante esta situación, una de las dudas más frecuentes es si es posible reclamar una indemnización por los perjuicios ocasionados por un incendio forestal.
Lo primero: comunicar el siniestro y guardar pruebas
Si el fuego ha afectado a una vivienda, un vehículo, un negocio o una explotación agraria, la posibilidad de recibir una compensación dependerá, en gran medida, de las coberturas contratadas y de las circunstancias en las que se produjo el incendio. En algunos casos, además, si se determina la existencia de un responsable, los afectados también podrán reclamar los daños por la vía de la responsabilidad civil.
El primer paso, una vez garantizada la seguridad de las personas y siguiendo las indicaciones de los servicios de emergencia, es recopilar todas las pruebas posibles de los daños sufridos. Fotografías, vídeos, facturas o cualquier documento que permita acreditar el estado de los bienes antes y después del incendio facilitarán la valoración del siniestro. A continuación, se deberá comunicar cuanto antes lo ocurrido a la aseguradora para que abra el expediente y envíe un perito encargado de evaluar los desperfectos.
¿Qué cubre el seguro del hogar?
En el caso de las viviendas, si estas cuentan con un seguro de hogar con cobertura de incendios, la compañía asumirá la indemnización dentro de los límites establecidos en la póliza. Además de los daños materiales en la vivienda y su contenido, muchos seguros incluyen gastos derivados del siniestro, como el desescombro, el alojamiento provisional si la casa queda inhabitable, el traslado de los bienes que han podido salvarse o el servicio de guardamuebles. No obstante, estas coberturas varían en función del contrato firmado con la aseguradora. Si el incendio fue provocado por un tercero identificado, el afectado también podrá reclamar al responsable o a su seguro de responsabilidad civil.
Los inquilinos también pueden estar protegidos frente a los daños causados por un incendio si cuentan con un seguro específico. Estas pólizas suelen cubrir los desperfectos en sus bienes personales, los gastos de traslado y alojamiento provisional cuando la vivienda queda inhabitable e incluso la responsabilidad civil si el arrendatario es el causante del siniestro. En ese caso, el seguro puede hacerse cargo tanto de los daños ocasionados en la vivienda alquilada y el mobiliario del propietario como de los perjuicios causados a terceros.
¿Qué ocurre si se ha quemado el coche? ¿Y mi negocio?
Los propietarios de vehículos también deben revisar las coberturas de su seguro. Los automóviles asegurados a todo riesgo o con determinadas modalidades de terceros ampliado suelen estar protegidos frente a los daños provocados por un incendio. «La indemnización que recibas dependerá de las coberturas de tu póliza, de la antigüedad del coche y de si hay o no franquicia», explican desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Por el contrario, las pólizas básicas de responsabilidad civil, por regla general, no incluyen este tipo de siniestros.
Las empresas, comercios y explotaciones agrícolas o ganaderas también disponen de seguros específicos que pueden cubrir este tipo de daños. En el caso de las explotaciones aseguradas a través del sistema de seguros agrarios, es importante respetar los plazos de comunicación del siniestro, ya que la declaración debe realizarse en un periodo determinado para que pueda iniciarse la valoración de los daños y la correspondiente tramitación de la indemnización.
¿Interviene el Consorcio de Seguros?
Otra de las dudas habituales es si interviene el Consorcio de Compensación de Seguros. Sin embargo, este organismo únicamente asume los daños derivados de riesgos extraordinarios definidos por la ley, como los causados por un volcán, por lo que los incendios forestales, salvo supuestos muy concretos, quedan fuera de su ámbito de actuación. En estos casos, la cobertura corresponde, con carácter general, a las aseguradoras privadas cuando el riesgo de incendio esté incluido en la póliza.
Quienes no dispongan de un seguro deberán reclamar directamente al responsable del incendio, siempre que pueda identificarse y acreditarse su responsabilidad. Si no existe un causante conocido o este resulta insolvente, las posibilidades de obtener una indemnización se reducen considerablemente, aunque las administraciones pueden habilitar ayudas extraordinarias cuando una zona es declarada gravemente afectada por una emergencia de protección civil.
Una vez comunicado el siniestro, la aseguradora dispone de un plazo máximo de 40 días el importe mínimo de los daños ya evaluados. La liquidación definitiva, salvo causa justificada, no debería demorarse más de tres meses desde la declaración del siniestro. En caso de incumplimiento, el asegurado puede reclamar los intereses de demora que correspondan.
Las llamas han arrasado unas 55.400 hectáreas en julio, lo que convierte a este mes en el más devastador del año hasta la fecha
En España ya se han quemado cerca de 109.000 hectáreas en lo que va de 2026, según la estimación en tiempo real del Sistema de Información Europeo de Incendios Forestales (EFFIS). Solo en julio, las llamas han arrasado unas 55.400 hectáreas, lo que convierte a este mes en el más devastador del año hasta la fecha. Por provincias, Guadalajara encabeza el ranking con alrededor de 26.000 hectáreas afectadas, mientras que Álava también figura entre las más castigadas, con unas 100 hectáreas quemadas, una cifra muy por encima de la habitual para estas fechas.
En Guadalajara, la evolución del incendio ha obligado a evacuar 34 localidades y a confinar otras 14, afectando a más de 1.200 personas. Además, el fuego mantiene un perímetro superior a los 120 kilómetros y continúa avanzando por varios frentes, especialmente en la zona norte, donde persiste la vigilancia ante el riesgo de que las llamas alcancen la provincia de Soria.
Más allá del impacto medioambiental, los incendios forestales también dejan importantes consecuencias económicas. Además de miles de hectáreas calcinadas, el fuego puede destruir viviendas, vehículos, negocios o explotaciones agrarias e, incluso, causar víctimas mortales. En el mejor de los casos, los daños son únicamente materiales, pero su reparación puede suponer un elevado coste para los afectados. Ante esta situación, una de las dudas más frecuentes es si es posible reclamar una indemnización por los perjuicios ocasionados por un incendio forestal.
Lo primero: comunicar el siniestro y guardar pruebas
Si el fuego ha afectado a una vivienda, un vehículo, un negocio o una explotación agraria, la posibilidad de recibir una compensación dependerá, en gran medida, de las coberturas contratadas y de las circunstancias en las que se produjo el incendio. En algunos casos, además, si se determina la existencia de un responsable, los afectados también podrán reclamar los daños por la vía de la responsabilidad civil.
El primer paso, una vez garantizada la seguridad de las personas y siguiendo las indicaciones de los servicios de emergencia, es recopilar todas las pruebas posibles de los daños sufridos. Fotografías, vídeos, facturas o cualquier documento que permita acreditar el estado de los bienes antes y después del incendio facilitarán la valoración del siniestro. A continuación, se deberá comunicar cuanto antes lo ocurrido a la aseguradora para que abra el expediente y envíe un perito encargado de evaluar los desperfectos.
¿Qué cubre el seguro del hogar?
En el caso de las viviendas, si estas cuentan con un seguro de hogar con cobertura de incendios, la compañía asumirá la indemnización dentro de los límites establecidos en la póliza. Además de los daños materiales en la vivienda y su contenido, muchos seguros incluyen gastos derivados del siniestro, como el desescombro, el alojamiento provisional si la casa queda inhabitable, el traslado de los bienes que han podido salvarse o el servicio de guardamuebles. No obstante, estas coberturas varían en función del contrato firmado con la aseguradora. Si el incendio fue provocado por un tercero identificado, el afectado también podrá reclamar al responsable o a su seguro de responsabilidad civil.
Los inquilinos también pueden estar protegidos frente a los daños causados por un incendio si cuentan con un seguro específico. Estas pólizas suelen cubrir los desperfectos en sus bienes personales, los gastos de traslado y alojamiento provisional cuando la vivienda queda inhabitable e incluso la responsabilidad civil si el arrendatario es el causante del siniestro. En ese caso, el seguro puede hacerse cargo tanto de los daños ocasionados en la vivienda alquilada y el mobiliario del propietario como de los perjuicios causados a terceros.
¿Qué ocurre si se ha quemado el coche? ¿Y mi negocio?
Los propietarios de vehículos también deben revisar las coberturas de su seguro. Los automóviles asegurados a todo riesgo o con determinadas modalidades de terceros ampliado suelen estar protegidos frente a los daños provocados por un incendio. «La indemnización que recibas dependerá de las coberturas de tu póliza, de la antigüedad del coche y de si hay o no franquicia», explican desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Por el contrario, las pólizas básicas de responsabilidad civil, por regla general, no incluyen este tipo de siniestros.
Las empresas, comercios y explotaciones agrícolas o ganaderas también disponen de seguros específicos que pueden cubrir este tipo de daños. En el caso de las explotaciones aseguradas a través del sistema de seguros agrarios, es importante respetar los plazos de comunicación del siniestro, ya que la declaración debe realizarse en un periodo determinado para que pueda iniciarse la valoración de los daños y la correspondiente tramitación de la indemnización.
¿Interviene el Consorcio de Seguros?
Otra de las dudas habituales es si interviene el Consorcio de Compensación de Seguros. Sin embargo, este organismo únicamente asume los daños derivados de riesgos extraordinarios definidos por la ley, como los causados por un volcán, por lo que los incendios forestales, salvo supuestos muy concretos, quedan fuera de su ámbito de actuación. En estos casos, la cobertura corresponde, con carácter general, a las aseguradoras privadas cuando el riesgo de incendio esté incluido en la póliza.
Quienes no dispongan de un seguro deberán reclamar directamente al responsable del incendio, siempre que pueda identificarse y acreditarse su responsabilidad. Si no existe un causante conocido o este resulta insolvente, las posibilidades de obtener una indemnización se reducen considerablemente, aunque las administraciones pueden habilitar ayudas extraordinarias cuando una zona es declarada gravemente afectada por una emergencia de protección civil.
Una vez comunicado el siniestro, la aseguradora dispone de un plazo máximo de 40 días el importe mínimo de los daños ya evaluados. La liquidación definitiva, salvo causa justificada, no debería demorarse más de tres meses desde la declaración del siniestro. En caso de incumplimiento, el asegurado puede reclamar los intereses de demora que correspondan.
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