El Tribunal Supremo ha rechazado la querella por trato vejatorio y degradante interpuesta por una empleada de Vox contra el exportavoz del partido en el Ayuntamiento de Madrid Javier Ortega Smith, a la que este cesó como directora de Comunicación del grupo municipal el mismo día en que se reincorporaba tras una baja por maternidad. El auto del Supremo, fechado el pasado día 17, del que ha sido ponente la magistrada Susana Polo, considera que los hechos no revisten gravedad suficiente para constituir un delito contra la integridad moral de la querellante, pero tacha la conducta de Ortega Smith de “impropia”, sus palabras de “desafortunadas e improcedentes”, indicativas “incluso de una posible discriminación indirecta por razón de sexo” y le reprocha “un comportamiento un tanto machista que se pone de relieve por parte de la querellante”.
El Supremo rechaza la querella de la empleada de Vox pero califica la conducta del político de “un tanto machista”. EL PAÍS accede a la conversación objeto del litigio.
El Tribunal Supremo ha rechazado la querella por trato vejatorio y degradante interpuesta por una empleada de Vox contra el exportavoz del partido en el Ayuntamiento de Madrid Javier Ortega Smith, a la que este cesó como directora de Comunicación del grupo municipal el mismo día en que se reincorporaba tras una baja por maternidad. El auto del Supremo, fechado el pasado día 17, del que ha sido ponente la magistrada Susana Polo, considera que los hechos no revisten gravedad suficiente para constituir un delito contra la integridad moral de la querellante, pero tacha la conducta de Ortega Smith de “impropia”, sus palabras de “desafortunadas e improcedentes”, indicativas “incluso de una posible discriminación indirecta por razón de sexo” y le reprocha “un comportamiento un tanto machista que se pone de relieve por parte de la querellante”.
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